lunes, 31 de octubre de 2016

Discapacidad e incapacidad

Existe un error cotidiano en el que incurren muchas personas en utilizar estos términos dándoles el mismo significado.
Cabe señalar que contar con certificado de discapacidad mental, no importa "una incapacidad" conforme la terminología utilizada en el Código anterior a su reforma.
Es trascendente comprender que únicamente un juez puede determinar los límites a la capacidad jurídica de una persona y los apoyos que ésta necesitará para ejercer cada acto de su vida, conforme la modificación del Código Civil y Comercial de la Nación.
Entonces cuando hablamos de discapacidad nos referimos al dictamen que efectúa una Junta Evaluadora conforme al domicilio donde vive la persona, mientras que en relación a la capacidad sólo puede establecerlo un juez con la intervención de equipos interdisciplinarios siguiendo el procedimiento establecido por el nuevo cuerpo legal mencionado y de las provincias, en un todo de acuerdo con la ley de salud mental.

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