Cabe señalar que contar con certificado de discapacidad mental, no importa "una incapacidad" conforme la terminología utilizada en el Código anterior a su reforma.
Es trascendente comprender que únicamente un juez puede determinar los límites a la capacidad jurídica de una persona y los apoyos que ésta necesitará para ejercer cada acto de su vida, conforme la modificación del Código Civil y Comercial de la Nación.
Entonces cuando hablamos de discapacidad nos referimos al dictamen que efectúa una Junta Evaluadora conforme al domicilio donde vive la persona, mientras que en relación a la capacidad sólo puede establecerlo un juez con la intervención de equipos interdisciplinarios siguiendo el procedimiento establecido por el nuevo cuerpo legal mencionado y de las provincias, en un todo de acuerdo con la ley de salud mental.
No hay comentarios:
Publicar un comentario